Confirmado. Los surfistas federados podrán desplazarse con sus vehículos para acceder a las olas.

La Federación Canaria de Surf, desde el lunes, viene interpretando la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

Hemos sostenido desde el principio, y fuimos los primeros en interpretar la citada Orden Ministerial, que los deportistas federados tienen derecho a desplazarse con sus vehículos y que los surfistas federados menores de 14 años también pueden practicar nuestro deporte en la franja horaria del resto de federados. El trabajo realizado con las Federaciones Autonómicas Gallega, Asturiana, Cántabra, Catalana y la Asociación Madrileña de Surf, coordinados por la federación Española de Surfing funcionó y hemos recibido las felicitaciones de las demás federaciones de otras disciplinas deportivas.
Estamos felices por haber ayudado a muchos surfistas federados a acercarse, a dar un paso más hacia la práctica de nuestro deporte y hacia la normalidad.

En el enlace podrán encontrar un documento del Ministerio de Cultura y Deporte en el que se responde, de una forma muy práctica, a las preguntas que puedan tener los surfistas federados.

Documento del Ministerio de Cultura y Deporte

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